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Restricción de acercamiento a madre que golpeaba a su hijo

La mujer tenía denuncias previas y ante un nuevo reclamo perdió el cuidado de un adolescente en forma temporal. Deberá asesorarse en la Senaf cómo criarlo.

Una mujer fue separada de su hijo adolescente en forma temporal por "indicios de maltrato". Como el menor no tiene otro familiar cercano, fue alojado en un centro de cuidado de la Senaf y la madre tiene prohibición de acercamiento. La medida es preventiva y de carácter temporal.

Las medidas fueron adoptadas por un juzgado de Viedma para poner atención a un caso de violencia de una madre hacia su hijo, respecto de lo ocurrido en un hogar ubicado en un asentamiento de la capital rionegrina durante el fin de semana.

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Al parecer, la mujer es reincidente en virtud de las actuaciones de las actuaciones de la jueza Ana Carolina Scoccia. Todo comenzó el viernes por la tarde cuando se recibió en el turno de emergencia una nueva denuncia por violencia familiar ejercida por una mujer en contra de su hijo.

La información llegó al juzgado desde la Comisaría de la Familia a fin de informar la situación y que estaba yendo personal de la Secretaría de Niñez, Adolescencia y Familia de Río Negro (Senaf) a entrevistarse con la denunciante y que la denuncia se remitiría con posterioridad a ello.

SENAF Río Negro
La jueza ordenó a la Senaf continuar con el seguimiento de la situación.

La jueza ordenó a la Senaf continuar con el seguimiento de la situación.

Teniendo en consideración la gravedad de los hechos denunciados, los antecedentes obrantes en la causa en los que se han denunciado hechos de similar tenor, sin que el organismo proteccional brinde la respuesta y realice las gestiones propias de su función, la magistrada se comunicó con la guardia de la SENAF.

En ese marco, las autoridades tomaron conocimiento de que el joven no tiene en esta ciudad otros referentes o familiares que lo puedan resguardar, por lo tanto, luego de los trámites de rigor, se consiguió resguardo en una dependencia del organismo proteccional.

Una vez asegurada la situación, Scoccia dictó medidas cautelares de restricción de acercamiento de la progenitora con el propósito de resguardar su integridad psicofísica y la de las personas que comparten el lugar de contención con éste.

La restricción de acercamiento a la madre

Comunicó a la madre que está prohibido realizar actos de violencia -en cualquiera de sus formas física, verbal y/o emocional) contra los hijos. Le hizo saber a los denunciados que la medida dispuesta (prohibición de hechos de violencia en contra de sus hijos) es de cumplimiento continuado, es decir que en todo momento deben garantizar los cuidados, protección, desarrollo y educación de sus hijos sin violencia y que el castigo físico, los malos tratos -en cualquiera de sus formas- y cualquier acción u omisión que dañe a los niños, niñas o adolescente.

En consecuencia, no podrá ejercer ningún acto de violencia y debe cesar el castigo haciéndole saber que se encuentra prohibido el castigo corporal en cualquiera de sus formas, los malos tratos y cualquier hecho que lesione o menoscabe física o psíquicamente a los niños o adolescentes por parte de sus padres.

Informó a la madre que en caso de no saber “cómo actuar con su hijo o serle difícil la crianza de éstos, podrá requerir de la Senaf la orientación necesaria para hacerlo” y tomando en cuenta que el adolescente se encuentra a salvo, dispuso la prohibición de acercamiento en un radio de 300 metros al lugar donde se encuentra su hijo, como también de la escuela a la que concurre.

En caso de verlo deberá alejarse inmediatamente, en tanto se dispuso la realización de rondas policiales periódicas durante 72 horas, y paralelamente, la Senaf deberá evaluar el caso para luego determinar el plazo de vigencia de las medidas ordenadas.

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