Cipolletti: la investigación que desentrañó la red que traficaba imágenes de abuso sexual infantil
Cómo se llegó, tras un aviso internacional, a una vivienda en la ciudad donde vivía un hombre que fue condenado por la facilitación y posesión de material de abuso infantil.
En una casa aparentemente tranquila de Cipolletti, la justicia argentina destapó una trama de facilitación y posesión de material de abuso sexual infantil (MASI). Lo que comenzó con un aviso internacional se transformó en una exhaustiva investigación que culminó con la condena de José María Álvarez, un hombre con avanzados conocimientos en informática y un historial sin antecedentes penales. Esta es la historia de cómo se desarmó el caso.
La trama se inició a miles de kilómetros de distancia, en Estados Unidos, donde las plataformas ICACCOPS y CPS detectaron movimientos sospechosos en una red de intercambio de archivos conocida como Emule. Estas herramientas, diseñadas para rastrear y denunciar material ilegal, identificaron la actividad de un usuario en Cipolletti. La dirección IP, el número único que identifica las conexiones a internet, delató la ubicación del responsable.
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Con este dato en mano, la Embajada de Estados Unidos contactó a las autoridades argentinas y la fiscalía de Río Negro puso en marcha el protocolo nacional de cooperación contra el abuso infantil. A partir de allí, la dirección IP fue rastreada a través de LACNIC y Telecom, revelando que la conexión pertenecía a una vivienda a nombre de F. P., madre del imputado.
El trabajo de campo comenzó con la verificación de la casa. Agentes locales confirmaron que el domicilio coincidía con la dirección registrada. Las bases de datos del RENAPER indicaron que, además de F. P., vivía en la propiedad un hombre identificado como José María Álvarez. Este dato fue clave, ya que los peritos descubrieron que el sospechoso era técnico en sistemas y software libre, lo que explicaba su capacidad para operar redes complejas como Emule.
El allanamiento: la escena clave
El 15 de noviembre de 2022, a las 5:50 de la madrugada, las fuerzas de seguridad llegaron al domicilio con una orden de allanamiento. Tras ingresar con ayuda de un cerrajero, comenzaron a recolectar dispositivos electrónicos: computadoras, discos rígidos, pendrives, routers y celulares. El material secuestrado se clasificó cuidadosamente bajo estrictos protocolos de cadena de custodia, esenciales para garantizar su integridad en la investigación judicial.
En un altillo, donde pernoctaba Álvarez los oficiales encontraron dos CPUs conectados a redes de almacenamiento y múltiples discos rígidos. También hallaron documentos que confirmaban sus estudios avanzados en informática. La cantidad y el tipo de dispositivos levantaron sospechas inmediatas.
En el laboratorio de informática forense de Viedma, el licenciado Gastón Semprini lideró el análisis de los dispositivos. Los resultados fueron contundentes: los discos rígidos contenían miles de videos e imágenes categorizados como MASI. Además, los expertos identificaron el uso del software Emule, configurado para compartir automáticamente los archivos descargados con otros usuarios.
El informe reveló que el imputado no solo poseía el material, sino que lo facilitaba activamente a través de la red peer-to-peer. Las carpetas "incoming" y "temp", predeterminadas por el programa, eran usadas como depósito y punto de distribución. Las pericias mostraron que los archivos habían sido solicitados y descargados por otros usuarios, confirmando la acción de facilitación.
Las pruebas que no dejaron dudas
Para dar mayor solidez a la acusación, el médico forense Gustavo Breglia analizó el contenido de los videos. Mediante técnicas de valoración pediátrica y desarrollo físico, determinó que las víctimas eran menores de 13 años, incluyendo infantes de tan solo dos años. Las descripciones de las imágenes dejaron al tribunal sin margen de duda sobre la gravedad de los hechos.
Por otro lado, el testimonio de la investigadora Cecilia Chiodi explicó el funcionamiento de ICACCOPS y CPS, las plataformas que detectaron el delito. Aclaró que estas herramientas trabajan en redes públicas, por lo que no se vulneraron derechos de privacidad al rastrear las actividades del acusado.
Cuando el juicio llegó a su fase final, Álvarez reconoció su responsabilidad. En un acuerdo abreviado propuesto por la fiscalía, el imputado aceptó una pena de seis años de prisión efectiva. La sentencia se basó en la cantidad de material encontrado, la facilitación comprobada y los conocimientos técnicos del acusado, que demostraban una intencionalidad clara en sus acciones.
El tribunal conformado por Alejandra Berenguer, Guillermo Merlo y Guillermo Baquero Lazcano concluyó que las pruebas eran irrefutables. Desde el rastreo inicial hasta la confesión del imputado, cada paso de la investigación fue documentado con precisión.
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