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Sueldo empleadas domésticas abril 2025: ¿cuánto cobran por hora?

Según el gremio que nuclea a las empleadas domésticas, este es el sueldo por hora para abril de 2025.

Según el Indec, la inflación de enero de 2025 fue de un 2,2 por ciento, en tanto que la correspondiente a febrero de 2025 fue de un 2,4 por ciento. Se estima que la de marzo de 2025 –aún no fue informada oficialmente- se ubicaría por encima del 2,4 por ciento. Sin embargo, el último acuerdo paritario que definió el sueldo de una empleada doméstica tuvo lugar a fines de 2024. ¿Cuál es el sueldo por hora de una empleada doméstica en abril de 2025?

Cabe recordar que la Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares (CNTCP) alcanzó ese convenio paritario para las trabajadoras del sector que nuclea a las empleadas domésticas y que luego fue refrendado por el Gobierno Nacional mediante la Resolución 1/2025.

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El último acuerdo paritario que define el sueldo de una empleada doméstica tuvo lugar a fines de 2024.

El último acuerdo paritario que define el sueldo de una empleada doméstica tuvo lugar a fines de 2024.

En abril de 2025, las empleadas domésticas perciben los siguientes salarios:

PRIMERA CATEGORIA: SUPERVISOR/A, Coordinación y control de las tareas efectuadas por dos o más personas a su cargo.

Con retiro

  • Hora: $3.454.
  • Mensual: $430.878.

Sin retiro

  • Hora: $3.783.
  • Mensual: $479.950.

SEGUNDA CATEGORIA: PERSONAL PARA TAREAS ESPECÍFICAS, Cocineros/as contratados en forma exclusiva para desempeñar dicha labor, y toda otra tarea del hogar que requiera especial idoneidad del personal para llevarla a cabo.

Con retiro

  • Hora: $3.270.
  • Mensual: $400.310.

Sin retiro

  • Hora: $3.585.
  • Mensual: $445.613.

TERCERA CATEGORIA: CASEROS, Personal que presta tareas inherentes al cuidado general y preservación de una vivienda en donde habita con motivo del contrato de trabajo.

  • Hora: $3.089.
  • Mensual: $390.567.

CUARTA CATEGORIA: ASISTENCIA Y CUIDADO DE PERSONAS, Comprende la asistencia y cuidado no terapéutico de personas, tales como: personas enfermas, con discapacidad, niños/as, adolescentes, adultos mayores.

Con retiro

  • Hora: $3.089.
  • Mensual: $390.567.

Sin retiro

  • Hora: $3.454.
  • Mensual: $435.246.

QUINTA CATEGORIA: PERSONAL PARA TAREAS GENERALES, Prestación de tareas de limpieza, lavado, planchado, mantenimiento, elaboración y cocción de comidas y, en general, toda otra tarea típica del hogar.

Con retiro

  • Hora $2.863.
  • Mensual: $351.233.

Sin retiro

  • Hora: $3.089.
  • Mensual: $390.567.

Cabe recordar que los últimos aumentos para las empleadas domésticas fueron del 1,3% a partir del mes de diciembre del 2024 con base en los salarios mínimos establecidos para el mes de octubre de 2024, y de un 1,2% a partir del mes de enero del 2025, con base en los salarios mínimos establecidos para el mes de diciembre de 2024.

A través del link https://www.ospacp.org.ar/sueldos.php/, es posible acceder a las escalas salariales que la Obra Social del Personal Auxiliar de Casas Particulares (OSPACP) –que nuclea a las empleadas domésticas- publicó en su sitio web oficial.

Empleadas domésticas.
Los últimos aumentos para las empleadas domésticas fueron del 1,3% en diciembre del 2024 y de un 1,2% a partir del mes de enero del 2025.

Los últimos aumentos para las empleadas domésticas fueron del 1,3% en diciembre del 2024 y de un 1,2% a partir del mes de enero del 2025.

La Obra Social también especifica que, en el caso de que una empleada doméstica prestase tareas en más de una categoría, le corresponderá percibir la remuneración de la categoría mejor remunerada. Asimismo, es importante resaltar que se estableció un adicional salarial por antigüedad equivalente a un UNO POR CIENTO (1%) por cada año de antigüedad de la trabajadora en su relación laboral, sobre los salarios mensuales.

En relación a las empleadas domésticas que cumplan sus tareas en la provincia de Neuquén, es clave señalar que OSPACP detalla un adicional por zona desfavorable, por la que se aplicará un adicional por zona desfavorable equivalente al TREINTA POR CIENTO (30%) sobre los salarios mínimos establecidos para cada una de las categorías respecto del personal que preste tareas en las Provincias de La Pampa, Rio Negro, Chubut, Neuquén, Santa Cruz, Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, o en el Partido de Patagones de la Provincia de Buenos Aires.

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