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Un hombre deberá pagar alquiler a su ex por ocupar la vivienda compartida

El hombre deberá pagar renta a su ex esposa por ocupar la casa que ambos comparten en condominio, hasta que definan su titularidad.

Un fallo judicial en Cipolletti sentó un importante precedente en materia de compensación económica tras una separación. Un hombre deberá pagar un canon locativo a su ex esposa por seguir ocupando, de manera exclusiva, la vivienda que ambos compartieron durante años y que poseen en condominio. La medida reconoce el derecho de la mujer a recibir una renta compensatoria hasta que se resuelva la situación definitiva del inmueble.

La historia comenzó en 2006, cuando la pareja inició su convivencia, adquirió un terreno en conjunto y construyó allí su hogar. Con el tiempo, formaron una familia con dos hijos. Sin embargo, en julio de 2023 la relación llegó a su fin y acordaron que la mujer se mudaría, mientras que los adolescentes continuarían viviendo con su padre.

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Tiempo después, ella presentó una demanda ante el fuero de Familia de Cipolletti, reclamando la atribución del inmueble para poder vivir allí. Como alternativa, solicitó una compensación económica por no poder hacer uso de la propiedad.

En su presentación, la mujer argumentó que su salida del hogar se dio en un contexto conflictivo y que desde entonces no había logrado establecer una residencia fija. Sostuvo que la casa debía ser atribuida a su favor hasta que se resolviera una eventual venta del inmueble.

Uno de los juzgados de Familia cipoleños se encuentra sin titular.
Un hombre deberá pagar a su ex por el uso de la vivienda.

Un hombre deberá pagar a su ex por el uso de la vivienda.

Los fundamentos del fallo

Al analizar el caso, la jueza tomó en cuenta el artículo 526 del Código Civil y Comercial de la Nación. Esta norma establece que el uso de la vivienda puede ser atribuido a uno de los miembros de la pareja cuando tiene a su cargo hijos menores de edad, personas con discapacidad o en casos de extrema necesidad habitacional.

Sin embargo, en este caso particular, los adolescentes ya habían manifestado su voluntad de seguir viviendo con su padre y se encontraban cómodos con la organización familiar. Durante el proceso judicial, ambos afirmaron mantener contacto frecuente con su madre y no expresaron deseos de modificar su situación.

Ante estos elementos, el fallo concluyó que el interés superior de los adolescentes debía ser resguardado, por lo que no correspondía otorgar el uso de la vivienda a la mujer. No obstante, la jueza consideró que ella sí tenía derecho a recibir una compensación económica por su parte del inmueble, dado que el hombre lo ocupaba de manera exclusiva.

La obligación de pagar un canon locativo

La sentencia ordenó que el hombre abone un canon locativo a su ex esposa, equivalente al 50% del valor mensual del uso del inmueble. El pago tendrá efecto retroactivo al 26 de septiembre de 2023, fecha en que se notificó la audiencia de mediación.

Esta obligación se mantendrá vigente hasta que las partes resuelvan la situación dominial de la casa, ya sea mediante la venta o cualquier otro acuerdo. Si no logran fijar el monto de manera privada, la mujer podrá iniciar un reclamo formal para que la Justicia determine la cifra exacta.

Un antecedente en materia de compensación económica

El fallo marca un precedente en la interpretación de los derechos de las partes tras una separación. Si bien el hombre mantuvo la vivienda para garantizar la estabilidad de sus hijos, el hecho de que la propiedad sea compartida en condominio le otorga a su exesposa el derecho de recibir una compensación económica por no poder hacer uso de su parte.

Este caso refuerza la idea de que, en un divorcio o separación, la distribución de los bienes debe ser equitativa y ningún copropietario puede ser perjudicado. Mientras el hombre continúe ocupando la casa de manera exclusiva, deberá pagar.

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