Fallo obliga a Edersa a pagar más de $4,3 millones por una falla en el suministro eléctrico
El dueño de una planta de producción de agua en Barda del Medio promovió una demanda en Cipolletti por los daños que sufrió por una baja de tensión.
Un fallo judicial en Cipolletti resolvió que la empresa de energía Edersa deberá indemnizar a un hombre cuya planta de producción de agua en Barda del Medio sufrió daños debido a un desperfecto eléctrico. La jueza Soledad Peruzzi determinó que la empresa incumplió su obligación de restituir los costos de reparación de los equipos afectados, tal como lo había ordenado el Ente Provincial Regulador de Energía (EPRE).
El caso se originó cuando el afectado contrató el servicio de Edersa para su emprendimiento y enfrentó problemas por una baja de tensión en la red. Como consecuencia, varias de sus maquinarias quedaron inutilizadas, lo que generó pérdidas económicas, allá por el año 2018. El ciudadano presentó un reclamo ante el EPRE, que ordenó a la empresa cubrir los costos de reparación. Sin embargo, ante la falta de cumplimiento, inició una demanda judicial por más de 23 millones de pesos.
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Tras analizar la evidencia presentada en el proceso, el tribunal concluyó que el desperfecto eléctrico efectivamente ocurrió y que causó daños en las maquinarias del emprendimiento. Además, determinó que la empresa no cumplió con la resolución del EPRE, lo que justificó la condena. En consecuencia, la jueza ordenó a Empresa de Energía Eléctrica de Río Negro S.A. (Edersa S.A.) abonar al demandante la suma de 4.312.996,86 pesos en concepto de capital, más los intereses correspondientes dentro de un plazo de 10 días.
La defensa de Edersa
En su respuesta a la demanda, Edersa negó en general y en particular los hechos afirmados por el demandante. Desconoció la autenticidad de la documentación presentada y rechazó la procedencia y el monto de los rubros reclamados.
La empresa sostuvo que el demandante había iniciado un reclamo ante el Ente Provincial Regulador de Energía (EPRE) argumentando que una deficiente prestación del servicio le había causado daños en sus maquinarias. Según Edersa, el EPRE realizó una inspección y determinó que se habían afectado una pantalla envasadora, un motor y un tablero generador de ozono. Sin embargo, destacó que este último no pudo ser peritado porque ya no estaba en el establecimiento.
Edersa señaló que la resolución del EPRE ordenó la restitución del costo de reparación de la pantalla y el motor, mientras que en el caso del tablero generador de ozono, el demandante debía presentar un informe técnico para acreditar los daños. La empresa argumentó que el ciudadano no cumplió con este requisito y que tampoco presentó las facturas necesarias para efectivizar el pago.
Reclamo y cifra "desproporcionada"
Asimismo, la empresa objetó el monto reclamado, destacando que el demandante solicitaba más de 23 millones de pesos, una cifra que consideró desproporcionada en relación con lo dispuesto por el EPRE. Afirmó que la resolución administrativa nunca reconoció la procedencia del lucro cesante y que el demandante no había justificado la forma en la que calculó esa suma.
Por estos motivos, Edersa solicitó el rechazo de la demanda con costas al actor. Además, pidió la citación en garantía de su aseguradora, Allianz Argentina, alegando que, en caso de una condena, la cobertura del seguro debía aplicarse dentro de los términos del contrato y la franquicia pactada.
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